30
mar
mar
Aval bancario y avalista
Enviado por admin | 0 Comentarios |
Un aval bancario se puede entender como una garantía o fianza por la que el banco está dispuesto a seguir pagando la deuda contraída en caso de que el prestatario no lo haga.
El avalista es la figura de la entidad o del particular que está dispuesto a pagar la deuda en caso de que el deudor original o avalado no pudiese hacerlo. La figura del avalista suele ser requerida por las entidades financieras cuando nos disponemos a pedir un préstamo personal o una hipoteca, de forma que si no la podemos hacer efectiva el peso de la deuda caiga sobre este avalista, haciéndose cargo de nuestra deuda.
Volver al Diccionario hipotecario >>
|
|
